- Tipo general vigente en Andalucía: 7% sobre el precio de compraventa.
o Tipos reducidos del ITP (cuando se cumplan los requisitos legales):
Inmueble comercializado por agencia inmobiliaria, que interviene y presta servicios profesionales de mediación, asesoramiento y gestión en la compraventa.
Con carácter general, los honorarios de intermediación a cargo de la parte compradora serán:
La información anterior tiene carácter orientativo y se facilita a efectos informativos. El importe definitivo de los gastos, impuestos y honorarios, dependerá del precio final de la operación, de la normativa fiscal aplicable en cada caso, del valor de referencia catastral y de los aranceles notariales y registrales vigentes. El consumidor puede calcular el coste aproximado aplicando los porcentajes indicados sobre el precio de compraventa.